La Cámara Federal confirmó el procesamiento del exministro de Salud de la Nación durante la fase crítica del COVID-19, Ginés González García, en el marco de la investigación del “vacunatorio VIP” en plena pandemia en el que un total de 70 personas fueron indebidamente vacunadas.
En ese momento, en 2021, la vacuna contra el coronavirus era exclusiva para el personal estratégico y esencial, mientras que ese grupo vacunado (funcionarios y familiares), no lo eran.
En julio pasado, la jueza María Eugenia Capuchetti procesó González García por peculado de bienes y abuso de autoridad, y ordenó embargar sus bienes por la suma de $130 millones.
En este actualización del caso, la magistrada ordenó investigar además a las personas que recibieron una dosis de la vacuna en aquella ocasión. Entre ellos se encuentra el ex Procurador del Tesoro Carlos Zannini, el diputado Eduardo Valdés, el ex ministro Jorge Taiana, el ex gobernador bonaerense Eduardo Duhalde y su familia o el periodista Horacio Verbitsky, entre otros,
En la causa también quedaron procesados Alejandro Salvador Costa, subsecretario de estrategias sanitarias de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud; Marcelo Ariel Guille, secretario privado de González García; Alberto Alejandro Maceira, director nacional ejecutivo del Hospital Posadas y María Elena Borda, jefa de medicina preventiva del Hospital Posadas.
“Reservada para unos pocos, según criterios de utilidad y necesidad, la vacuna fue puesta al alcance de un grupo selecto que, por parentesco o por amistad, burló los esquemas impuestos a toda la generalidad”, dijeron los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens en el fallo
Los imputados redireccionaron la voluntad estatal hacia un fin privado, nominalizando el espacio en el que debía regir un anonimato solo guiado por la necesidad de proteger a los más vulnerables. La amistad o la familia imperó por sobre quienes más necesitaban la protección frente a una de las mayores pandemias sufridas por la humanidad en los últimos años. De ahí, su responsabilidad penal.
El vacunatorio VIP
El foco de la causa estuvo centrado en el funcionamiento de un vacunatorio paralelo en el Ministerio de Salud: haber ilegítimamente ordenado, ejecutado, o avalado en infracción a los deberes inherentes a su cargo que el 18/02/2021 se trasladara al Ministerio de Salud un equipo de vacunación del Hospital Nacional “Profesor Alejandro Posadas” con 10 dosis de la vacuna contra el Covid-19 asignadas a dicho establecimiento, y se vacunara indebidamente a la siguientes personas: Horacio Verbitsky, Jorge Enrique Taiana, Eduardo Félix Valdés, Florencio Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Salomón Schachter, Seza Manukian y Félix Eulogio Guille.
La jueza sostuvo que ninguno de ellos, a esa fecha, cumplía con los criterios para vacunarse de acuerdo a lo establecido por los lineamientos técnicos de la Resolución MSAL N° 2883/2020, dictada el 30/12/2020 por González García, complementaria a la ley 27.491 de “Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación”, en la medida en que no integraban las categorías de “Personal de Salud” o eventualmente “Personal Estratégico”.
Un punto sobre el cual la jueza ahondó fue el tratamiento de la “vacuna” como un bien a la hora de encuadrar el delito. “Toda actividad en la cual tenga participación el Estado, como todos los bienes involucrados en esta, siempre han merecido una especial protección por parte de la ley penal, pero no puedo dejar de destacar el contexto en el cual sucedió este desvío, y por ende el especial valor que poseían estos bienes en ese entonces”, sostuvo la resolución.
Fuente: Infobae y La Nación.