La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la condena de ocho años de prisión impuesta a Daiana Elizabeth Fernández, acusada de matar a su expareja, Facundo Saucedo. Esta decisión representa un avance significativo en la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito judicial, ya que el tribunal ordenó que se emita una nueva sentencia que tome en cuenta las circunstancias particulares del caso, incluyendo el historial de violencia que esta mujer durante su relación.
El hecho ocurrió el 16 de octubre de 2011, cuando Fernández, tras haber finalizado su relación con Saucedo debido a un año y medio de violencia física y amenazas, fue atacada en su hogar. Esa madrugada, Saucedo irrumpió en su casa, la agredió y trató de forzarla a entrar en otra habitación. En un intento por protegerse, la mujer utilizó un cuchillo que tenía en la mano y lo hirió en el cuello, lo que provocó su muerte dos horas después en el hospital.
En 2013, un tribunal había condenado a Fernández a tres años y medio de prisión por homicidio preterintencional, considerando el contexto violento del incidente. Sin embargo, esta sentencia fue apelada y posteriormente aumentada a ocho años por la Sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense. La defensa llevó el caso ante la Corte Suprema, que finalmente anuló esta condena al determinar que no se había realizado una evaluación adecuada de las circunstancias atenuantes.
El fallo no solo establece un precedente importante para situaciones similares en el futuro, sino que también resalta la necesidad de aplicar la perspectiva de género en el análisis judicial, especialmente en casos de mujeres en contextos de violencia.
Fuente: Agencia de Noticias NA