El juez Correccional y de Menores 2 de la Primera Circunscripción Judicial, César Raúl Jiménez, notificó durante la mañana de este viernes al Colegio de Médicos de Misiones para que cumpla con la orden de inhabilitación perpetua para el médico Fernando Alfredo Vinuesa, condenado hace una semana a la pena de cuatro años de prisión efectiva por cuatro hechos en concurso real de abuso sexual simple, cuyas víctimas fueron sus pacientes.
De acuerdo a las fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN, el juez Jiménez ordena al Colegio bajo sanción de multa diaria de 100 mil pesos en caso que el galeno pediatra y especialista en gastroenterología infantil continúe trabajando en su profesión en ambos ámbitos, privado o estatal.
La decisión fue remitida pocas horas después que el Colegio de Médicos respondiera a la notificación de la sentencia interpretando que la condena no estaba firme para su colegiado y por tanto no podía exigirle la inhabilitación hasta que la Justicia, en este caso el Superior Tribunal de Justicia, responda a los planteos casatorios solicitados por el abogado defensor de Vinuesa durante el debate concretado días atrás en la sala de audiencias de los juzgados Corrreccionales y de Menores del Palacio de Justicia.
En un párrafo del escrito de Jiménez de esta mañana se remarca: “La respuesta por parte del Colegio de Médicos deviene una material negación a efectivizar la inhabilitación para el ejercicio profesional de la medicina dispuesta en la sentencia que a aquella institución le fuera notificada oportunamente. Sanción que encontrara fundamentos en derecho en lo establecido por el artículo 20 Bis del Código Penal Argentino y que fuera impuesta a Fernando Alfredo Vinuesa como accesoria de la condena”.
En otro tramo, Jiménez es enfático: “Debo recordar al Colegio de Médicos que es un organismo gremial y que las órdenes judiciales deben cumplirse sin más trámites, sin perjuicio del derecho que asiste al interesado de recurrir la sentencia (…) Es el imputado quien resulta parte en el proceso penal y no el Colegio quien, insisto, sólo debe cumplir la manda judicial tal y como fuera dictada e impuesta”.
“Por los fundamentos expresados corresponde intimar al Colegio de Médicos para que inmediatamente de recibida dicha intimación, tome nota y proceda a la inhabilitación efectiva de Fernando Alfredo Vinuesa bajo apercibimiento de aplicar astreintes por la suma de 100.000 pesos por cada día de incumplimiento de la presente orden y hasta su efectivo cumplimiento, los que deberán ser depositados a la orden de este Juzgado y como pertenecientes al juicio de la carátula y sin perjuicio de remitir las piezas a la fiscalía de turno para que se investigue la posible ocurrencia del delito de ‘desobediencia’ por parte de los responsables de esta institución”, cierra su decisión el magistrado.
El viernes 6 de diciembre, Vinuesa fue condenado tras cuatro audiencias de debate oral, por las denuncias en su contra por delitos contra la integridad sexual de sus pacientes que se iniciaron en abril de 2019.
De las siete acusaciones, cuatro fueron consideradas como hechos de delito y fueron las que se juzgaron ante el juez Correccional y de Menores, César Jiménez. La fiscal María Laura Álvarez en su alegato solicitó siete años de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina al encartado.