Desde este miércoles, la receta electrónica es de implementación obligatoria en todo el país, según lo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación a través del Decreto 345/2024. Las prescripciones deberán realizarse exclusivamente mediante plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
Las recetas electrónicas deberán contener datos del médico o profesional de la salud, información del paciente, detalles del medicamento y diagnóstico, junto con la firma digital del prescriptor. Estas plataformas verifican la inscripción de los profesionales en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y almacenan las recetas en repositorios virtuales, permitiendo a las farmacias acceder a ellas para la dispensa.
Este sistema permite a los pacientes retirar medicamentos solo con su DNI o credencial. Además, los repositorios deben garantizar la seguridad y disponibilidad de la información, resguardando los derechos de los usuarios.
La receta manuscrita seguirá vigente únicamente en zonas sin conectividad o frente a interrupciones del sistema, mientras que las recetas en papel emitidas antes del 31 de diciembre podrán ser utilizadas dentro de su período de validez.
La medida, enmarcada en la Ley Nacional de Recetas Electrónicas (N° 27.553), apunta a agilizar la prescripción, evitar errores y mejorar el acceso a medicamentos. Actualmente, 17 jurisdicciones tienen legislación sobre receta electrónica, mientras que otras avanzan hacia su regulación.
De ellas, 11 adhieren a la Ley Nacional (Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán), 4 tienen su propia ley provincial con un régimen propio (Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja) y 2 tienen el proyecto de ley provincial en curso (Río Negro, Santa Fe).
En tanto, las siete jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, aún no cuentan con ley provincial. De ellas, cuatro adhieren al uso de Receta Electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz) y tres aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).
¿Cómo funcionará la receta electrónica?
La Resolución 5744/2024 del Ministerio de Salud promete que las recetas electrónicas permitirán un proceso más controlado y accesible para pacientes y profesionales.
Entre los beneficios más relevantes de la receta electrónica se encuentra la reducción de errores médicos. Al eliminar las recetas manuscritas, se disminuyen los problemas derivados de la ilegibilidad o posibles manipulaciones. Cada receta estará vinculada a un profesional habilitado, lo que añade un nivel adicional de confianza tanto para pacientes como para farmacias.
Además, la trazabilidad de los medicamentos prescritos es uno de los principales puntos que buscan con la medida. Con el sistema electrónico, cada receta podrá ser seguida desde su emisión hasta su dispensación en farmacia. Esto no solo facilita el control del uso de medicamentos, sino que también permite una respuesta rápida ante cualquier irregularidad o incidencia, como intentos de falsificación o duplicación.
Desde lo administrativo, la digitalización del proceso elimina muchos trámites burocráticos asociados a las recetas en papel, ahorrando tiempo y recursos tanto para pacientes como para proveedores de servicios de salud. Los profesionales podrán acceder rápidamente al historial médico y farmacológico de sus pacientes, lo que les permitirá tomar decisiones más informadas sobre tratamientos y evitar interacciones peligrosas entre medicamentos.
Al ser un sistema completamente digital, se generará un registro detallado sobre todas las recetas emitidas, lo cual facilitará el trabajo de los organismos reguladores al monitorear el cumplimiento normativo y detectar patrones anómalos en el uso de medicamentos. Esta visibilidad también puede aumentar la confianza pública en el sistema sanitario.