En nota anterior nos referimos a la firma digital y su diferencia con la firma electrónica, su valor como prueba y otros aspectos interesantes sobre este tema tan actual (https://www.primeraedicion.com.ar/nota/100949399/la-importancia-de-la-firma-en-los-documentos/)
En esta, abordaremos que NO es firma digital, la posibilidad para cualquier persona de acceder a un certificado de firma digital y cómo efectuar el trámite.
Recordemos que la Ley 25.506 es la que regula todo lo atinente a firma digital, firma electrónica y documento digital entre otras cuestiones, entendiéndose por Firma digital el “… resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma…”. Quiere decir que la comprobación, realizada en base a operaciones matemáticas, permite saber que la firma, colocada en un documento digital, es única, auténtica y puede ser verificada por la persona que recibe ese documento.
La firma digital funciona a través de criptografía ASIMÉTRICA o de clave pública por lo cual para encriptar y desencriptar se utilizan dos claves distintas, que son claves numéricas que se denominan clave privada y clave pública.
¿Por qué es segura mi Firma Digital?
Porque se basa en la generación de dos claves (una Pública y una Privada), que estarán relacionadas matemáticamente entre sí, donde se utiliza una de ellas para firmar y otra para Verificar la misma.
Este mecanismo matemático impide que sabida una de las claves se pueda calcular la otra clave. Este procedimiento es conocido como Criptación asimétrica o de clave pública.
¿Qué NO es Firma digital?
• Una firma digitalizada, es decir, una firma manuscrita escaneada.
• Una contraseña o password.
• Un sistema biométrico.
• Un sistema de autenticación.
• Una firma electrónica.
• Un documento encriptado, ya que éste solo garantiza la confidencialidad.
¿Es posible tener ¿Cuáles son los requisitos?
Cualquier persona puede tener Firma digital para lo cual se necesita un CERTIFICADO DIGITAL que es un documento otorgado por un certificador autorizado, que puede ser empresas, registros u organismos públicos autorizados especialmente al efecto, que vincula los datos de verificación de firma a su titular (art.13 Ley 25.506).
¿Tiene plazo de validez?
Sí. Dado que el Certificado de firma digital tiene un plazo de vigencia, la firma digital solamente es válida cuando es hecha dentro de ese plazo.
¿Cuál es el período de validez de un Certificado de Firma Digital?
Los certificados emitidos tienen un período de validez de cuatro (4) años a partir de su fecha y hora de emisión.
¿Quiénes pueden ser CERTIFICADOR LICENCIADO?
Toda persona de existencia ideal, registro público de contratos u organismo público que expide certificados, presta otros servicios en relación con la firma digital y cuenta con una licencia para ello, otorgada por el ente licenciante (art.17 de la Ley 25.506).
Por lo tanto, las firmas digitales, así como los certificados que permiten su verificación, son herramientas fundamentales, para otorgar validez a los documentos electrónicos. Es por eso que la tecnología que permite su utilización requiere de especial cuidado, para lo cual se utilizan estándares tecnológicos basados en normas y protocolos internacionalmente aceptados, lo cual asegura la interoperabilidad de las aplicaciones y entre Certificadores Licenciados nacionales con las infraestructuras de Claves Públicas de otros países.
En consecuencia, frente a cualquier transacción que involucre el uso de una firma digital o de un certificado digital, la adopción de estándares tecnológicos internacionalmente aceptados permite asegurar un proceso de verificación de dichas firmas, otorgando seguridad técnica y legal a las transacciones electrónicas.
¿Qué es la Plataforma de Firma Digital Remota?
Es una plataforma en línea que centraliza el uso de la firma digital y da certificados digitales gratuitos para usar firma digital, plataforma que protege las firmas digitales del uso no autorizado y asegura la confidencialidad y confianza en los servicios.
¿Cuáles son sus características?
• Seguridad la que está garantizada por la criptografía asimétrica que asegura la autenticidad de la firma.
• Validez jurídica, ya que tener tu firma digital te permite firmar documentos electrónicos digitalmente con la misma validez jurídica que una firma de puño y letra, con las salvedades que abordamos en la nota “La importancia de la firma en los documentos”.
• Múltiples usos, ya que podés realizar trámites en entidades públicas y privadas, pudiendo firmar digitalmente cualquier archivo en formato PDF.
• Autenticidad e integridad del documento, ya que podrás identificar al autor fácilmente y verificar si ese documento fue alterado, lo cual asegura la autoría e integridad del mismo.
¿Cómo solicitar la firma digital remota?
En el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-firma-digital-remota-sin-token podrás PEDIR TURNO y seleccionar las autoridades de registro (AR).
Para el resto de las autoridades de registro, podrás comunicarte con la que corresponda según el trámite, consultando el listado de Autoridades de Registro en este link https://firmar.gob.ar/RA/info, pudiendo seleccionar la sucursal, donde conocerás también quienes son los oficiales de registro autorizados.
Tené en cuenta que hay certificados que se otorgan con token -AC-ONTI- que es la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información, entidad que ejerce las funciones de Autoridad Certificante
Los certificados que se otorgan sin token, son los certificados de la AC-MODERNIZACIÓN, que se dan UNICAMENTE A PERSONAS HUMANAS.
La firma digital remota (sin token) sirve únicamente para firmar digitalmente archivos en formato PDF a través del Firmador.
¿Qué necesito?
• Tener acceso a una cuenta de correo electrónico.
• Tener un teléfono inteligente con una aplicación instalada para generar el OTP (One Time Password). Esta app te permitirá generar contraseñas temporales que utilizarás como uno de los tres (3) mecanismos de autenticación.
• Documento Nacional de Identidad (DNI) y número de CUIL o CUIT.
¿Cómo hago el trámite?
1. Sacá un turno en la Autoridad de Registro más cercana o consulta en AR con turnero propio.
Podés consultar el listado de todas las Autoridades de Registro del país, en el siguiente link https://firmar.gob.ar/RA/info
2. El Oficial de Registro te solicitará la documentación requerida, te tomará los datos biométricos y te guiará en el proceso.
3. Una vez finalizado el trámite, podés firmar digitalmente a través del FIRMADOR de la Plataforma de Firma Digital Remota (PFDR) https://firmar.gob.ar/firmador/#/
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite? ¿Cuál es su costo?
El trámite lleva solamente 30 minutos y es gratuito.
La Autoridad Certificante no percibe arancel alguno por la emisión del certificado. No obstante, no quedan incluidas dentro del concepto de gratuidad la gestión administrativa que pueda desarrollarse en las Autoridades de Registro.
¿Cuáles son los beneficios de la firma digital?
Firmar digitalmente documentos electrónicos sin token, permite mayor eficiencia y rapidez, con reducción de costos, siendo de fácil verificación, pudiendo acceder desde cualquier dispositivo electrónico, otorgando seguridad jurídica a las transacciones.
Fuentes:
• Ley 25.506. Firma Digital. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-25506-70749/actualizacion
• Firma digital. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/firma-digital
• Preguntas frecuentes PFDR. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/firma-digital/plataforma-de-firma-digital-1
• Plataforma de Firma Digital Remota PFDR. Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/firma-digital/plataforma-de-firma-digital
Solicitar Firma Digital Remota sin Token Recuperado en https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-firma-digital-remota-sin-token