Después de cuatro meses sin aumento salarial y de varios días de negociación, la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares (CNTCP) acordó una suba de sueldo para las empleadas domésticas de aproximadamente 2,6% en dos veces.
Este porcentaje acordado tendrá un incremento del 1,3% para los sueldos de diciembre de 2024, retroactivo, y una suba del 1,2% para los de enero de 2025.
Al ser acumulativo, para hacer el cálculo correspondiente, los empleadores deberán tomar el salario vigente en octubre (que fue el último aumento) y actualizar con el porcentaje retroactivo de diciembre.
Para ajustar los salarios de enero, se tomarán los vigentes a diciembre con retroactivo.
Categorías y remuneraciones para febrero 2025
Supervisor/a
- Con retiro: $3.435 por hora y $428.761 mensuales.
- Sin retiro: $3.762 y $477.591 mensuales.
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $3.253 por hora y $398.344 mensuales.
- Sin retiro: $3.567 por hora y $443.424 mensuales.
Caseros
- Hora: $3.072 y $388.648 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $3.072 por hora y $388.648 mensuales.
- Sin retiro: $33.435 por hora y $433.107 mensuales.
Personal para tareas generales
- Con retiro: $2.849 por hora y $349.506 mensuales
- Sin retiro: $3.702 por hora y $388.648 mensuales
Cabe aclarar que antigüedad, aportes jubilatorios y obra social no está contemplado en esa cifra final, que es únicamente salarial, pero que el empleador tiene la obligación de pagar esos conceptos.
De acuerdo con el convenio colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad. Se debe aplicar el equivalente al 30% sobre los salarios mínimos fijados para cada una de las categorías, respecto del personal que preste tareas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
La categoría que nuclea a la mayoría de las trabajadoras de Casas Particulares es la de “Personal para Tareas Generales”, que se encarga de realizar actividades de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Es la que comprende a la empleada doméstica o mucama que presta servicios de limpieza y mantenimiento en casas de familia.
Vacaciones
Un tema clave a tener en cuenta en esta época del año son las vacaciones que corresponden para todos los trabajadores y las trabajadoras, incluyendo las empleadas domésticas registradas. Las vacaciones para una empleada doméstica deben ser abonadas antes de su inicio. De acuerdo a la ARCA, ex AFIP, “la retribución equivale al monto que hubiera cobrado el trabajador de haber trabajado normalmente”.
En cuanto a la cantidad de días de vacaciones que le corresponde a la trabajadora, se calcula dependiendo de la antigüedad:
- De 6 meses a 5 años de antigüedad: corresponde 14 días corridos
- De 5 a 10 años de antigüedad: corresponde 21 días corridos
- De 10 a 20 años de antigüedad: corresponde 28 días corridos
- Más de 20 años de antigüedad: corresponde 35 días corridos
De no alcanzar los seis meses de trabajo, el trabajador gozará de un descanso anual remunerado que no debe ser inferior a la siguiente proporción:
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo: corresponde 1 día
- Entre 8 y 11 semanas de trabajo: corresponden 2 días corridos
- Entre 12 y 15 semanas de trabajo: 3 días corridos
- Entre 16 y 19 semanas de trabajo: 4 días corridos
- Más de 20 semanas de trabajo: 5 días corridos