El Concejo Deliberante de Concepción de la Sierra sancionó dos ordenanzas clave que impactarán en la recaudación municipal y en la organización de eventos en la vía pública, Ambas fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial de la Provincia.
Por un lado, la Ordenanza 04/2025 introduce modificaciones en la Ordenanza Tributaria Fiscal 33/2023, actualizando los montos de diversas tasas municipales.
Entre los principales cambios, se establece que la tasa por publicidad en la vía pública o dentro de locales con acceso al público será de $20.000 por metro cuadrado anual. En caso de anuncios iluminados, el monto se duplicará, y si incluyen animaciones, se incrementará en un 20%.
Por otro lado, se modificaron las tasas aplicables a estructuras de telecomunicaciones. El análisis de emplazamiento de antenas tendrá un costo de $960.000, mientras que para postes de Wi-Fi será de $320.000. Además, la verificación de seguridad de estas estructuras se fijó en los mismos valores, con vencimiento anual cada 10 de enero.
En cuanto a habilitaciones de obras, la nueva tasa será de $1.600.000 por única vez, y la inspección de canalización subterránea o aérea de fibra óptica costará $2.000 anuales por metro lineal.
Finalmente, se estableció una tasa de almacenamiento para neumáticos fuera de uso (NFU), con montos que varían según el tipo. Mientras que los neumáticos de motos pagarán $4.200 por unidad, los de camiones y transporte abonarán $28.000, y los de maquinaria agrícola y aeronavegación llegarán a $420.000.
Tasa por Servicios Especiales de Carnaval
Por otro lado, la Ordenanza 07/2025 crea la “Tasa por Servicios Especiales de Carnaval”, que deberán abonar los comercios beneficiados por el evento que se desarrollará en la avenida Barrufaldi. El tributo busca financiar servicios adicionales de seguridad, limpieza, iluminación y promoción durante el desfile de comparsas, además de la instalación de sanitarios públicos y asistencia sanitaria
En diálogo con PRIMERA EDICIÓN, el presidente del Concejo Deliberante, Fabián Pawluk, comentó que en realidad esta tasa “ya venía de épocas anteriores, simplemente le dimos un marco legal para que sea todo transparente” y agregó que el dinero que se recauda “luego se redistribuye a las comparsas”.
Según la norma la tasa se determinará de acuerdo con la siguiente modalidad:
“a) Monto fijo por local según el tipo de comercio, de acuerdo a la siguiente clasificación:
- Bares, restaurantes y confiterías: 1100 U.T. (unidades tributarias) por día.
- Restantes comercios: 550 U.T. por día.
“b) Si el comercio se encuentra en el radio de cerramiento y no tenga carácter de frentista sobre la avenida el monto sereduce en un cincuenta por ciento (50%) por día.
“c) Vendedores ambulantes: Se autorizará su permiso para comerciar dentro del predio, la venta de productos artesanales no suntuosos, de talabartería, cerámica, herrería, juguetería, anillos, aros, cadenas, globos, barriletes, banderines,fotógrafos con accesorios y que no comercialice idénticos productos que las cantinas de las comparsas participantes delevento, abonarán el monto establecido en el inciso b).
“Dichos comercios deben tener a la venta o prestar el servicio que se encuentra inscripto en la municipalidad de Concepción de la Sierra, con tasas e impuestos al día y debe circunscribir su puesto de venta dentro del local comercial, casocontrario abonara la tasa como un establecimiento más.
“En caso de suspensión del evento por mal tiempo u otras causas justificadas, el pago del derecho será válido para lafunción siguiente.
Además aclara que “quedan exentos del pago de la tasa las cantinas de las respectivas comparsas participantes del evento”.
El municipio argumentó que estas medidas son necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios públicos y asegurar la sostenibilidad financiera de los eventos comunitarios.