En marzo de 2025, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) experimentarán un aumento en el monto mensual que perciben, el cual se ajustará según la inflación registrada en enero de ese mismo año.
En esta ocasión, el monto de la AUH tendrá un incremento del 2,2% en comparación con febrero, conforme al nuevo esquema de actualización de las prestaciones sociales. Este ajuste afectará directamente las liquidaciones de los beneficiarios, quienes recibirán los siguientes montos:
- Asignación Universal por Hijo (AUH): $80.234,93.
- Asignación Universal por Hijo con Discapacidad: $261.267,16.
- Asignación por Embarazo: $80.234,93.
Es importante destacar que estos montos corresponden al 80% de la prestación total, ya que el 20% restante se retiene hasta que se presenten los certificados de asistencia escolar y los controles de salud de los menores a cargo.
¿Cómo se determinan los aumentos de la AUH?
El ajuste mensual de las asignaciones familiares y la AUH se realiza tomando como referencia el índice de inflación oficial publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Tras la implementación de la nueva Ley de Movilidad en 2024, los aumentos dejaron de ser trimestrales para ser mensuales, lo que facilita una adaptación más ágil a los cambios económicos.
Todos los meses, el porcentaje de incremento de las prestaciones sociales se define a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los dos meses anteriores. Este cambio, implementado desde abril de 2024, ha permitido una mejor sincronización con la variación de la inflación, lo que impacta directamente en el poder adquisitivo de los beneficiarios de la AUH y otras ayudas sociales.
Así las cosas, el ajuste del 2,2% en la AUH para marzo de 2025 sigue la misma tendencia observada en enero de 2025, cuando la inflación alcanzó ese mismo porcentaje.
¿Quiénes pueden solicitar la AUH?
La Asignación Universal por Hijo está dirigida a madres, padres o titulares de la seguridad social con menores de 18 años a su cargo y que se hallen dentro de alguna de las siguientes condiciones:
· Desocupados: personas sin empleo registrado que no cumplen con los requisitos para acceder a otras asignaciones.
· Trabajadores no registrados o sin aportes: individuos que realizan tareas remuneradas de manera informal, sin acceso a obra social ni aportes previsionales.
· Trabajadores de casas particulares: aquellos que prestan servicios en hogares particulares y no tienen aportes al sistema de seguridad social.
· Monotributistas sociales: trabajadores autónomos registrados en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
Cómo obtener la libreta de AUH
El proceso para obtener y presentar la libreta de la AUH es el siguiente:
- Acceder a Mi ANSES: los beneficiarios deben ingresar a la plataforma Mi ANSES utilizando su CUIL y clave de seguridad social.
- Generar la Libreta: una vez dentro, deben completar la información relacionada con los menores a cargo, incluyendo los detalles sobre su escolarización y los controles de salud realizados.
- Completar la libreta: luego, deberán llevar la libreta al centro de salud y a la escuela de los menores para que se completen los datos requeridos. Es importante asegurarse de que toda la información esté correcta y que los formularios estén firmados y sellados.
- Subir la libreta de forma digital: una vez que la libreta esté completa, se debe digitalizar y cargar en formato JPG en la plataforma Mi ANSES. También es posible presentar la libreta de forma presencial en las oficinas de ANSES sin necesidad de turno previo.
Plazo para presentar la libreta
Si aún no se ha presentado la libreta correspondiente al año 2024, el plazo se extendió hasta el 31 de marzo de 2025, por lo que aún es posible regularizar la situación.
Acceder al 20% acumulado
Es importante recordar que la libreta es el requisito para poder acceder al 20% acumulado de la AUH de los meses anteriores, por lo que este trámite es esencial para maximizar los beneficios de la asignación.
Fuente: iProfesional