El Senado de la Nación aprobó en la noche de este jueves el proyecto de ley sobre reiterancia y reincidencia de delitos, obteniendo un total de 67 votos a favor. Esta iniciativa, que endurece las penas para los delincuentes que reinciden, ahora cuenta con fuerza de ley tras haber sido respaldada previamente en la Cámara de Diputados el pasado 7 de febrero, donde solo el kirchnerismo y la izquierda se opusieron.
Además, la Cámara alta también ratificó la implementación del juicio en ausencia, cuyo objetivo es juzgar delitos graves sin la presencia de los acusados. Este proyecto, que modifica el Código Procesal Penal, fue aprobado con 46 votos a favor y 21 en contra, y está destinado a esclarecer los atentados a la Embajada de Israel en 1992 y la AMIA en 1994, que involucran a ocho ciudadanos iraníes.
El Senado de la Nación Argentina aprobó la Ley de Reiterancia.
Con esta ley, el que cometa un delito y tenga un proceso penal previo quedará preso durante el juicio. Y los procesos penales serán un agravante para la sentencia.
Le estamos dando las herramientas a la justicia…
— Ministerio de Justicia (@MinJusticia_Ar) February 21, 2025
En detalle
La ley de reiterancia tiene como finalidad reforzar las herramientas legales para prevenir la reincidencia delictiva, estableciendo criterios claros para restringir la libertad de los delincuentes en función de sus antecedentes penales y el riesgo de nuevas conductas delictivas. Se define como “reincidente” a aquel que haya sido condenado dos o más veces a penas privativas de libertad, siempre que la primera condena esté firme.
Este proyecto también introduce un cambio clave en la prisión preventiva, ya que permite a los jueces considerar la existencia de múltiples causas penales en trámite como un indicio de riesgo procesal. Así, si un imputado está siendo investigado por varios delitos que conllevan penas privativas de libertad, su liberación podría interpretarse como un intento de eludir la justicia.
Durante el debate en Diputados, la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, enfatizó que esta ley pone fin a la impunidad y a lo que la ciudadanía denomina “puerta giratoria”. Por otro lado, el juicio en ausencia permite juzgar delitos graves, como crímenes de lesa humanidad o terrorismo, cuando el acusado ha sido declarado rebelde o si no se logra localizar al imputado tras un período de búsqueda activa. Esta normativa también contempla la situación en que un pedido de extradición sea rechazado o quede sin respuesta.
Para salvaguardar el derecho a la defensa, se designará un defensor oficial en caso de que el imputado no cuente con uno propio. Además, la presencia física del acusado no será obligatoria en ninguna instancia judicial, asegurando que todos sus derechos sean ejercidos en su nombre por su defensor.
Con estas reformas, se espera garantizar la continuidad de los procesos judiciales, particularmente en casos donde los imputados evaden la justicia, como es el caso de la causa AMIA contra los imputados iraníes. Irán ha rechazado la extradición de estos ciudadanos, lo que ha impedido el avance del juicio en su contra.
Fuente: La Nación