A partir de la vigencia del Decreto 149/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, ya no se podrá obligar a las empresas empleadoras a aportar dinero a cámaras empresariales, algo que se hacía en virtud de acuerdos colectivos de trabajo. Se trata de una medida contra las contribuciones obligatorias a favor de cámaras empresariales signatarias de esos acuerdos, que deben pagar empleadores no asociados o afiliados.
Según los argumentos del Gobierno, las cláusulas de aportes a entidades no asociadas no tienen fundamento normativo. Por ende, se señala, no puede imponerse el cobro de contribuciones obligatorias en favor de las cámaras a los empleadores. De todas maneras, seguirán vigentes las cláusulas de acuerdos ya firmados, en tanto que ya no se habilitará más el uso de esa herramienta.
Entre otros casos, en la actividad del comercio esta obligación les impone a los establecimientos el pago de unos $6000 millones mensuales para presuntas actividades de capacitación, según afirmaron fuentes oficiales.
Según se explicó, ese aporte se trata de un pago obligatorio del empleador al Instituto Argentino de Capacitación para el Comercio (Inacap), que fue creado en 2008 y que alcanza a 1,2 millones de trabajadores (la de comercio es la paritaria más grande del país).
Para tener una idea, según fuentes del Gobierno en marzo la cuota es de $4725,02 por empleado; representa el 0,50% del salario de maestranza A inicial y sube con cada paritaria, y se paga aunque no se capacite.
Fuentes oficiales explicaron que el Gobierno no homologará negociaciones colectivas que obliguen a hacer este tipo de aportes, ya que hasta ahora se hacía una “interpretación incorrecta” de la ley que regula estos convenios. “El cambio fue solicitado por numerosas entidades gremiales empresarias de todo el país” que no recibían este tipo de contribuciones, según comentaron las mismas fuentes.
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Fuente: La Nación