Se estableció un nuevo feriado para abril 2025 y se trata del Día de la Trabajadora de Casas Particulares (empleadas domésticas), el cual deberá pagarse doble en caso de que la persona trabaje por ser día no laborable.
La fecha se fijó para el 3 de abril tras la promulgación de la Ley N° 26.844.2013. Allí se estableció el “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” a través de la resolución 3/15 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
De esta forma, las empleadas domésticas podrán elegir si trabajar o no ese día. Si asisten, la remuneración deberá tener un extra del 100%, dependiendo si el acuerdo es por día o por hora.
El feriado se podrá sumar al 2 de abril por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas; así podrán sumar dos jornadas consecutivas de descanso.
Cuánto cobran las empleadas domésticas
Luego del aumento del 1,2% en marzo, las empleadas domésticas cobrarán de la siguiente forma:
Primera categoría
Supervisora
con retiro
Hora: $3454,00
Mensual: $430.878,00
Sin retiro
Hora: $3783,00
Mensual: $479.950,00
Segunda categoría
*Empleados de tareas específicas, como cocineros/as, que acuerden realizar ese trabajo correspondiente u otra actividad que necesita de una facultad correspondiente para realizarla:
Con retiro
Hora: $3270,00
Mensual: $400.310,00
Sin retiro
Hora: $3585,00
Mensual: $445.613,00
Tercera categoría
Caseros
Hora: $3089,00
Mensual: $390.567,00
Cuarta categoría
Cuidado de personas
Con retiro
Hora: $3089,00
Mensual: $390.567,00
Sin retiro
Hora: $3454,00
Mensual: $435.246,00
Quinta categoría
Personal para tareas generales
Con retiro
Hora $2863,00
Mensual: $351.233,00
Sin retiro
Hora: $3089,00
Mensual: $390.567,00
Fuente: canal26com