El Tribunal de Cuentas de Misiones emitió un lapidario informe sobre la gestión del polémico alcalde de Arroyo del Medio, Cristóbal Barboza, salvado el pasado viernes de la destitución después de haber chocado alcoholizado con la camioneta oficial, en un incidente en el que terminó muerto el remisero Alberto Mario Andersson. El órgano de control de las cuentas públicas provinciales y municipales emitió el documento a pedido de la Comisión Investigadora que se conformó en la localidad para investigar la conducta del alcalde, pero llamativamente, el resultado del requerimiento llegó recién ahora, una semana después de que los tres concejales renovadores votaran a favor de su regreso a la intendencia, en una polémica decisión que conlleva un alto costo político para la renovación. Según el informe elaborado por el ente constitucional, Barboza recibió varias y fuertes sanciones por falta de rendiciones, cargos, reparos sustanciales por altos montos y las multas consecuentes desde 2006 en adelante. De acuerdo al detalle remitido por la Fiscalía Revisora de Cuentas Nº 13, en el año 2006 se le aplicó a Barboza lo previsto en el artículo 44 de la Ley 1 Nº 3 (antes Decreto Ley 1214/60) Orgánica del Tribunal de Cuentas. Por esta actuación el organismo emitió la sentencia 707/15 “con cargo y reparo sustancial de $584.864,74 y multa por falta de rendición de Cuentas”. Cabe aclarar que una vez emitida la sentencia, el funcionario está obligado a cumplirla depositando el monto del cargo en las cuentas del Tribunal.Lo mismo sucedió con el ejercicio 2007 de la misma comuna. En este caso, el Tribunal volvió a aplicar el artículo 44 de la misma ley orgánica, con un cargo o reparo sustancial por un monto bastante más elevado que el de la sanción anterior: $ 745.111, 19 y multa por falta de rendición de cuentas del mismo ejercicio. Por este reclamo formal, el organismo todavía no emitió sentencia final, pese a que transcurrieron ocho años desde el cierre del ejercicio cuestionado y las primeras actuaciones. El dato es importante ya que todas las actuaciones del TC prescriben a los diez años si no se dicta el fallo, con lo que opera en forma automática el archivo de las actuaciones. Paralelamente, la “negligencia en las funciones determinadas por el Tribunal de Cuentas” es causal de destitución de los intendentes, de allí la importancia de las actuaciones. Sí se dictaron sentencias relativas a las rendiciones de los fondos comunales a cargo de Barboza entre los años 2012 y 2014. En relación al ejercicio 2011 la dependencia emitió sentencia aprobando la rendición, pero igualmente le impuso una multa a Barboza por el retraso. La multa fue “por trasgresión a los artículos 99º del Reglamento de Contabilidad y Normas de Administración de Municipalidades y el artículo 38º Ley I – Nº 3 Orgánica del Tribunal de Cuentas, ante la falta de presentación de las Rendiciones de Cuentas Anuales Ejercicio 2011, conforme el Art. 22 Inc. “j” de la Ley I – Nº 3.Paralelamente, las rendiciones de los ejercicios 2015 y 2016 todavía se encuentran en estudio. El artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas se aplica cuando una cuenta en particular, o una rendición, no resulta aprobada con las constancias que acercan a la dependencia los responsables de cada ejercicio financiero, o cuando directamente no presentan la rendición a la que están obligados por ley. En este caso de abierta transgresión, el Tribunal puede hacer inspecciones in situ, requerir a las oficinas públicas de cualquier jurisdicción que los posean o deban proporcionarlos, los documentos, informes, copias o certificados, que se relacionen con el reparo o cargo. Tras un proceso bastante engorroso, el Tribunal emite la sentencia, la que si es absolutoria, se archiva, pero si es condenatoria como en el caso de Barboza, sólo puede ser recurrida ante el Superior Tribunal de Justicia. De papelón en papelónSi no fuera tan seria la situación institucional del municipio de Arroyo del Medio, podría servir de inspiración para alguna novela de realismo mágico.?El miércoles, los concejales de la oposición Jorge Viera (Pays) y Carlos Matluk (UCR) tuvieron que arreglárselas sin libro de actas para la sesión en la que retomó su cargo de concejal y presidente del cuerpo Rubén Da Silva (Frente Renovador) quien tuvo que ocupar la intendencia cuando Barboza fue suspendido tras el incidente vial que protagonizó. Según explicaron los ediles opositores, la secretaria del Concejo habría escondido las actas por orden de la edil Lorena Souza De Mora, quien llegó a la presidencia del cuerpo por corrimiento y casi por casualidad, ya que era suplente en la lista de Barboza y tuvo que asumir como concejal por la renuncia “indeclinable por razones morales y personales” del también renovador Rogelio Golemba. Lorena de Souza se negó a devolverle la presidencia a Da Silva, de allí la negativa a entregar el instrumento que legaliza las sesiones. La mujer, que desde ayer ya no es concejal, es la misma que ante la prensa justificó el voto que salvó a Barboza de la destitución, señalando que “es una buena persona, que ayudó a mucha gente”, por lo cual se sentía “orgullosa de la decisión” que le permitió volver al cargo. Da Silva es nuevamente presidente y Viera es vicepresidente del concejo. Para legalizar la elección hicieron certificar el acta en la policía.
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