La víctima es de Dos de Mayo y al momento del hecho tenía 17 años. Gendarmería la rescató en Corrientes cuando era trasladada rumbo a un campo de nueces en Buenos Aires.
El 4 de mayo próximo se cumplirán cinco años del momento en que una adolescente de 17 años abrumada por la ausencia de posibilidades de trabajo en su pueblo, Dos de Mayo, y con el sueño de conseguir el dinero suficiente para poder operarse de una malformación en un brazo, cedió a la propuesta de un empleo en un campo bonaerense, arriesgando caer en una red de explotación laboral.
Por este hecho, y tras el largo trajinar del expediente en la Justicia Federal de Corrientes, fueron procesados un misionero y un ciudadano bonaerense, sin prisión preventiva, por el delito de trata de persona con fines de explotación laboral, agravado por la minoridad de la víctima y el abuso de la situación de vulnerabilidad de la menor, artículos 45 y 145 (ter) del Código Penal de la Nación y además solicita trabar embargo sobre los bienes hasta cubrir la suma de 200.000 pesos, conforme a lo dispuesto por el artículo 518 del Código Procesal Penal de la Nación.
La decisión fue corroborada durante las últimas horas por los jueces Mirta Sotelo de Andreau y Ramón Luis González, ambos integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones Corrientes.
Las defensas de los dos acusados presentaron sendos recursos contra los procesamientos, de los que insistieron correspondían a una resolución inmotivada, incongruente y contradictoria, y que agravia por la inobservancia de la sana crítica racional al momento de valorar la prueba.
Plantea que la víctima manifestó que el padre no aceptaba a uno de los imputados porque decía que era un mal tipo, y que tal declaración debía ser considerada nula porque existe una animosidad manifiesta del mismo hacia sus defendidos.
Para los camaristas en cambio, del material probatorio se infiere prima facie accionar ilícito y organizacional: el hecho se produce el sábado 4 de mayo de 2013 cuando los imputados se encontraban trasladando a la adolescente (hacia La Plata), previa captación por parte de los mismos, con la presunta finalidad de explotarla laboralmente. Esto sucedió en el momento en que el personal de la Sección Vial Santo Tomé dependiente del Escuadrón 57 de Gendarmería Nacional realizaba un control físico y documental sobre personas y vehículos.
Al solicitarle el documento al conductor de un Fiat Palio, a su acompañante y a la joven misionera, ella entregó una copia certificada de su partida de nacimiento en la que constaba que la misma era menor de edad, que tenía 17 años y era oriunda de Dos de Mayo.
También relató a los uniformados federales que viajaba con el consentimiento de sus padres y por razones de trabajo a La Plata.
Al determinar que la menor no poseía ninguna autorización para viajar con estas personas y ante las inconsistencias de los datos brindados por los mismos, los gendarmes entablaron comunicación con la Comisaría de la Mujer de Dos de Mayo de Misiones, a fin de que contactaran a la familia de la menor. Allí su padre refirió que se había fugado del hogar y lo había denunciado respectivamente.
También sostuvo que conocía a uno de los sujetos porque en varias ocasiones estuvo circulando por el barrio (Dos de Mayo) buscando chicas para trabajar en Buenos Aires.
Que al menos, cuatro o cinco veces por año venía a Dos de Mayo y que una vez le contó que buscaba chicas de buen físico para trabajar y que si le conseguía algunas le pagaría una suma de dinero.
Además declaró no saber por qué su hija se fue con estas personas, pero que piensa que fue engañada, bajo promesas de una mejor vida, de un mejor pasar.
La víctima en tanto, contó que uno de los acusados le ofreció ir a trabajar con él a La Plata, que ya había conseguido el empleo.
De acuerdo a la resolución judicial, el padre enterado de la situación de su hija le prohibió que siguiera en contacto con el sospechoso, pero ellos se comunicaban a través de un teléfono celular donde ella le mandaba un mensaje de texto y él la llamaba para hablar de la oferta laboral.
A juntar nueces
El día previo a la partida hacia la provincia de Buenos Aires, la adolescente discutió con su padre y decidió tomar el viaje, enviando un mensaje donde acuerdan la hora de salida. Los sujetos la buscaron a bordo del Fiat Palio negro.
La menor aceptó ir a juntar nueces, a vivir en una casa en el campo y que no sabía cuánto le iban a pagar ni cuánto tiempo tenía que trabajar .
Además mencionó que en el viaje sintió miedo que salgan mal las cosas ya que era la primera vez que estaba lejos de su familia, que no se acostumbre o que le hagan algo malo.
Para los camaristas correntinos el delito quedó establecido en el auto de procesamiento: Cuando el proceso comienza con la captación de una persona, ya hay una afectación del bien jurídico específico. Esa afectación puede intensificarse y ampliarse atendiendo al avance de ese proceso delictual. No obstante cualquiera fuera el desenlace, si se produce desde el comienzo la afectación a la libertad de autodeterminación de la persona.
Se trata de un delito de resultado anticipado, la captación de la menor y su posterior traslado establece la consumación del tipo penal en juego, bastando con que uno de ellos se realice para que se consume el delito, siendo que la finalidad de la posterior explotación no se consumó ya que fue interrumpido por el control realizado por Gendarmería Nacional.
Es claro que los encausados tenían pleno conocimiento de la realización de estas conductas ya que, en sus indagatorias, dejaron en claro que trasladaban a la menor para realizar trabajos en un campo. Aunque el misionero menciona que iba a intentar conseguirle trabajo en la chacra donde él trabajaba, pero -admite- que allí no trabajaban chicas.
Con respecto a las agravantes, los jueces ratificaron que se dan dos circunstancias, la primera que la víctima es menor de edad y la restante surge de la situación de vulnerabilidad de la menor, sus escasos recursos (
). La menor relata la difícil situación económica de la familia, desfavorable relación con sus padres, que quería realizarse una operación quirúrgica en uno de sus brazos y que por ello había aceptado el ofrecimiento.
Esta situación en la que se encontraba la menor fue aprovechada por los encausados y, se infiere, cometido el delito de trata.
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