El Ejecutivo provincial propuso la adhesión a la Ley de Régimen Federal. La normativa, además, fija reglas sobre resoluciones impositivas y fin de mandato.En la sesión del pasado jueves, el Poder Ejecutivo envió un proyecto para proponer la adhesión de Misiones a la Ley del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno.
La normativa establece, como puntos principales, que ni la Nación ni las provincias y la Ciudad de Buenos Aires podrán elevar el gasto público corriente primario por encima del Índice de Precios al Consumidor nacional (IPC). Tampoco podrán incrementar la planta de empleo público, en relación a la población determinada por las mediciones oficiales.
En la Ley de Responsabilidad Fiscal aprobada en el Congreso, se fijaron pautas referidas al gasto y empleo público, políticas impositivas, resoluciones a fin de mandato y servicios de deudas. La Nación aseguró que el texto final fue consensuado con la mayoría de las provincias y tiene como objetivo establecer reglas generales de comportamiento fiscal y dotar de una mayor transparencia a la gestión pública.
El proyecto tomó estado parlamentario y ahora deberá ser analizado y debatido en la comisión de Presupuesto, Impuestos, Hacienda y Asuntos Económicos de la Legislatura provincial.
Aunque, teniendo en cuenta que el oficialismo provincial cuenta con mayoría, la iniciativa sería aprobada.?No obstante, algunos legisladores comentaron en off que desean estudiar bien la propuesta para no encontrarse con sorpresas.
Cabe recordar, que técnicos contables del Ministerio de Hacienda, a cargo de Adolfo Safrán, realizaron reuniones en las últimas semanas para informar sobre las medidas a los funcionarios municipales.
Sobre el empleo, en la ley se detallo que las partes se comprometen a no incrementar la relación de cargos ocupados en el sector público (en planta permanente, temporaria y contratada) existente al 31 de diciembre de 2017, respecto a la población proyectada por el INDEC para cada jurisdicción. El cumplimiento de esta obligación será considerado por el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, compuesto por funcionarios nacionales y provinciales que se reunirá de manera trimestral para analizar los resultados primarios en las provincias.
Además, el artículo 10 de la norma fijó que la tasa nominal de incremento del gasto público corriente primario neto de Nación, provincias y de la Ciudad de Buenos Aires no podrá superar la tasa de aumento del Índice de Precios al Consumidor de cobertura nacional. Adicionalmente, y sólo en aquellas jurisdicciones que en el año previo a su evaluación hayan ejecutado el presupuesto con resultado financiero positivo, se deducirán los gastos operativos asociados a nuevas inversiones en infraestructura en las áreas de educación, salud y seguridad.
Asimismo, se estableció que para el Gobierno nacional y para las jurisdicciones que, en el año previo, presenten ejecuciones presupuestarias con resultado corriente primario deficitario o no cumplan con el indicador previsto, la tasa nominal de aumento del gasto público primario neto no podrá superar la tasa de incremento del IPC.
Sanciones
El incumplimiento de las obligaciones establecidas por la presente ley dará lugar a sanciones que, sin perjuicio de otras que el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal pudiera fijar al efecto, podrán consistir en: divulgación de la situación en todas las páginas web de las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Gobierno nacional, en un apartado especial creado a tales efectos; restricción del derecho a voto en el Consejo; limitación en el otorgamiento de avales y garantías por parte del Gobierno nacional.
Y, quizás la sanción más grave, es el límite a las transferencias presupuestarias del Gobierno nacional con destino a las jurisdicciones que no sean originadas en impuestos nacionales coparticipables de transferencia automática.
Políticas tributarias
La ley también establece que los Gobiernos acordarán la adopción de políticas tributarias, tendientes a armonizar y no aumentar la presión impositiva legal, especialmente en aquellos gravámenes aplicados sobre el trabajo, el sector productivo y su financiamiento, con la finalidad común de lograr el crecimiento de la economía nacional y las economías regionales.
El ente de contralor será el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal y para garantizar el cumplimiento de esta regla publicará anualmente la presión legal impositiva por área de actividad.
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